ASUNCIÓN.- El camarista Pedro Mayor Martínez explicó que la mujer imputada por abuso sexual en niños, en el caso del Centro Familiar de Adoración (CFA), fue beneficiada con el arresto domiciliario porque no existe peligro de fuga u obstrucción al proceso judicial.
“No hay nada raro en nuestra decisión, la privación de libertad no puede ser una pena anticipada. Todo magistrado tiene el deber de recurrir a medidas alternativas si no existe peligro de fuga u obstrucción”, puntualizó.
El Tribunal de Apelación revocó ayer la prisión para la mujer imputada por el abuso a una menor de tres años en la filial de Zeballos-Cué, de la iglesia Centro de Adoración Familiar (CFA).
Sandra Beatriz Solís fue beneficiada con el arresto domiciliario con control policial, prohibición de concurrir a la misma iglesia CFA, prohibición de comunicarse por cualquier medio con la víctima y prohibición de salir del país. El hecho habría ocurrido el pasado 20 de mayo en la sede de la mencionada iglesia, donde varios tutores se dedican a enseñar a los chicos a sumar, restar, leer, escribir y otras cuestiones básicas.