La Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) prepara una denuncia formal contra el vaciador de los recursos de la institución, Nicolás Léoz y su supuesto cómplice, Aldo “Acero” Zuccolillo Moscarda, dueño del diario ABC Color. Según el titular de la casa matriz del fútbol sudamericano, Alejandro Domínguez, se habrían desviado más de US$ 130 millones de los recursos destinados al fútbol, de los cuales US$ 30 millones fueron a parar presuntamente en las cuentas de Leoz y lavado por Zuccolillo.
ASUNCIÓN.- Para el Dr. José Casañas Levi, la investigación sobre el desfalco a la Conmebol debe llegar a los bancos. “Va a depender mucho de la información que brindaron los bancos a la Seprelad para evaluar si informaron o no de las operaciones que se estaban haciendo. Si informaron como operaciones sospechosas, los bancos están protegidos, pero si dejaron pasar o no informaron adecuadamente entonces sí tendrían que ser investigados”, manifestó.
Sin embargo, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) ya derivó los antecedentes al Ministerio Público, donde aparentemente fue cajoneado.
Por otra parte, Alejandro Domínguez, denunció que “Acero” Zuccolillo, a través de sus empresas, Constructora Atlas, Inmobiliaria del Este y Banco Altas, logró lavar el dinero sucio.
La Ley Nº 1.015/96, que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes, en su artículo 3 tipifica como delito de lavado de dinero o bienes, el que con dolo o culpa oculta un objeto proveniente de un crimen, o delito perpetrado por una banda criminal o grupo terroristas. Así respecto de tal objeto, disimule su origen, frustre o peligre el conocimiento de su origen o ubicación, su encuentro, su decomiso, su incautación, su secuestro, o su embargo preventivo; y obtenga, adquiera, convierta, transfiera, guarde o utilice para sí u otro el objeto mencionado en el párrafo primero. “La apreciación del conocimiento o la negligencia se basarán en las circunstancias y elementos objetivos que se verifiquen en el caso concreto”, dice la normativa.
Según el artículo 4°, de la referida normativa, que menciona la sanción penal, dice “el delito de lavado de dinero o bienes será castigado con pena penitenciaria de dos a diez años”.