ASUNCIÓN – El Poder Ejecutivo promulgó el decreto Nº 5.822/16, que modifican los niveles arancelarios aplicados a la importación de vehículos usados de cualquier origen y procedencia.
De esta manera todos los vehículos que son ingresados por Aduana tanto de intrazona como de extrazona serán regulados en aranceles dependiendo de su categoría, como límite mínimo del 10% hasta el máximo del 25%, proveniente del Mercosur, Aladi y de los componentes de la Organización Mundial del Comercio, explicó el Director de Integración del Ministerio de Hacienda, José Cuevas.
‘‘No importa el origen de los vehículos, todos los usados van a pagar igual, ya sean vehículos particulares, camionetas, automóviles de turismo, motocicletas, etc.’”, expresó el alto funcionario de la aduana.
Cuevas también detalló que la normativa na afecta a los i) vehículos eléctricos-hibridos nuevos que están exonerados por Ley Nº 5.183/12; ii) vehículos flex fuel “nuevos”; iii) maquinarias agrícolas o viales consideradas como bienes de capital.
La reglamentación surge desde luego que se descubrió que los vehículos usados ingresaban al país junto con un certificado de origen de fabricación que los beneficiaba con pago de arancel cero, dejando el ingreso de los automotores al país sea sencillo, además de la contaminación ambiental producido por los mismos también represento un factor a tener en cuenta para desalentar su comercialización.