La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley, el cual pasó al Senado.
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Diputados librennos de la libranza

ASUNCIÓN.- Un total de 17 puntos serán analizados durante la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, prevista para las 14:00 de este miércoles 16 de agosto. Figuran ampliaciones y modificaciones presupuestarias para instituciones públicas, además del Proyecto de Ley, “Que establece las operaciones de libranzas”, como los más importantes. Este último proyecto de ley propone la irrevocabilidad de los contratos firmados entre empresas y trabajadores para el descuento automático (libranza) de sus salarios, como forma de pago por bienes o servicios recibidos, hecho que cercena los derechos de los trabajadores, según advierten desde la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO).

Esta institución aclara que no está en contra del espíritu de la ley, que plantea límites máximos al descuento automático vía libranza, pero sí remarca que es inconstitucional la propuesta de no poder suspender el descuento automático del salario. “Desde el principio del estudio de esta ley dijimos en Sedeco que estamos en contra del carácter irrevocable de los contratos, porque en virtud estás autorizando un descuento del salario, pero sos dueño de ese dinero y se debe respetar tu derecho a cambiar la forma en que querés pagar una deuda”, refiere un comunicado de la institución.

En tanto, el proyectista de la normativa, José María Ibáñez, señaló que el proyecto busca que la libranza se efectúe, siempre y cuando el beneficiario no reciba menos del veinticinco por ciento (25%) de su salario básico. “El proyecto de libranza, otorga un marco normativo a las relaciones jurídicas surgidas de las operaciones de libranza, que en la actualidad están en una laguna jurídica y al no tener asidero legal apropiado, se la suele relacionar con el embargo judicial, que es la figura jurídica que más comúnmente se utiliza para descontar montos de dinero del salario del beneficiario, antes que el mismo tenga disponibilidad de su dinero, pero con abismales diferencias”, según Ibañez.

Por su parte, la Asociación de Bancos del Paraguay (Asobán) cuestionaron la ilegalidad de la propuesta de irrevocabilidad de contratos. “Puede afectar al trabajador en sus derechos, porque existe la posibilidad de que él deje de percibir su salario debido a las autorizaciones de libranza; debe existir la revocabilidad, es decir, la voluntad o decisión de cambiar la forma de pago con el debido aviso a los involucrados”, señalan los integrantes de esta organización mediante un comunicado.

“Aquí pueden tocar tu pensión, bonificación familiar, gratificaciones. La excusa de las empresas que otorgan créditos por libranza, es que sin esta irrevocabilidad no podrán cobrar porque dan crédito a personas que de forma ordinaria ya no pueden acceder por sobreendeudamiento; lo que se hace es forzar las condiciones a niveles infrahumanos”, refiere otra parte del documento emitido por SEDECO.

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