ENCARNACIÓN.- El intendente Luis Yd Sánchez está obligado a remitir todos los antecedentes de su rendición de cuenta a la Contraloría General de la República, de acuerdo a lo que dice el artículo 207 de la Ley 3.966 Orgánica Municipal.
El mencionado artículo señala que: “La rendición anual de cuentas de la ejecución presupuestaria será sometida a la aprobación o rechazo de la Junta Municipal respectiva y al posterior examen de la Contraloría General de la República”.
Agrega que “en caso de rechazo, la Junta devolverá la rendición de cuentas de la ejecución presupuestaria a la Intendencia con las observaciones correspondientes. La Intendencia Municipal considerará dichas observaciones y en el plazo de treinta días de recibida la devolución, enviará nuevamente dicha rendición a la Junta, la que la aprobará o rechazará, en este último caso, con el voto de la mayoría absoluta de dos tercios”.
Y finalmente sostiene que “la Intendencia remitirá a la Contraloría General de la República la resolución de la Junta Municipal que apruebe o rechace la rendición de cuentas de la ejecución presupuestaria, acompañada de los documentos correspondientes para su examen, de acuerdo con las leyes y reglamentaciones respectivas”.