Ciudadanos manifestándose en contra de las fotomultas de Sertran Paraguay.
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Efraín Alegre habría formado parte del millonario robo con fotomultas

El precandidato a la presidencia de la República, Efraín Alegre, ahora es vinculado con la gran estafa a la ciudadanía, perpetrada entre 2008 y 2012, con aquellas famosas fotomultas. Es que en aquel entonces, el hoy titular del PLRA, fue ministro de Obras Publicas y como tal podía accionar contra quienes utilizaron las rutas nacionales para recaudar. Pero habría formado parte del gran robo, por lo que no hizo nada.

Efraín Alegre, presidente del PLRA.
Efraín Alegre, presidente del PLRA.

ASUNCIÓN (Por Cirilo Ibarra).- A medida que Efraín Alegre (PLRA) intensifica su campaña proselitista, la ciudadanía le saca y le irán sacando los trapos sucios. Esta semana se mencionó que estuvo en aquella estructura mafiosa montada para fabricar multas, con las supuestas infracciones de tránsito.

Con aquellas instalaciones de cámaras en los semáforos de las rutas nacionales e internacionales y la implementación de controles móviles de velocidad, fueron perpetrados escandalosos robos.

Los correligionarios de Alegre, entonces intendentes municipales, Héctor Lucio Lesme (Ñemby) y Fernando Negrete (Ypacaraí), fueron quienes lideraron las firmas de convenio con la tristemente célebre empresa Sertran Paraguay S.A., creada por Petronio Muñoz y sus hijos Eduardo, Jorge y Marcelo Muñoz Sanier, para fabricar las multas y meter las manos en los bolsillos de los conductores.

Se apoderaron de las rutas de manera absolutamente ilegal, porque las mismas son propiedades del Estado y la entidad que tiene facultades sobre ellas es el Ministerio de Obras Públicas. Sin embargo, a pesar de las reiteradas denuncias sobre la violación de las leyes, el entonces ministro de Obras, Efraín Alegre, no hizo absolutamente nada. De ahí que hoy se habla de que formó parte de esa estructura mafiosa, que se inició con la bendición del exobispo, Fernando Lugo.

En el 2008 se iniciaron los robos, hasta que a principio del 2012 la Sala Constitucional de la Corte, falló a favor de la ciudadanía, remarcando que los municipios no tienen atribuciones sobre las rutas nacionales e internacionales, donde fueron instaladas las cámaras de fotomultas.

“Aparentemente las municipalidades desconocen que es el Estado paraguayo es el que detenta la potestad absoluta sobre ellas y por una cuestión de administración se podría ceder los derechos, a través de convenios, pero en base a las disposiciones constitucionales y legales”, refiere el voto del ministro Antonio Fretes, al que se sumaron Sindulfo Blanco y Luis María Benítez Riera.

Remarca además el Art. 16 de la Ley Orgánica Municipal, que señala cuanto sigue: “El ejercicio de competencias nacionales o departamentales delegadas a la Municipalidad requerirá de un convenio entre la administración delegante y la Municipalidad”. Igualmente se menciona que del Ministerio de Obras Públicas depende el organismo de control de las rutas, la Policía Caminera.

LAS HISTÓRICAS VIOLACIONES

 * Las municipalidades de Ñemby e Ypacaraí primeramente, luego de Coronel Oviedo y Hernandarias, incurrieron en las sucesivas violaciones de las leyes, desde el mes de octubre del 2008.

* La primera transgresión fue de la Ley N°. 2.051/03 de Contrataciones Públicas.

* Ésta exige licitaciones para los servicios adjudicados a la empresa Sertran Paraguay.

* Sigue con la transgresión del Reglamento General de Transito Caminero. Decreto Ley 22.094/48.

* El mismo indica en al Art. 213 que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones se encargara del cumplimiento del presente Reglamento por intermedio de la Policía Caminera.

* Posteriormente ignora la Ley 75/69, de la Dirección General de Vialidad.

* Art. 5º indica que “toda persona o ente público o privado, nacional o municipal, interesado en utilizar la franja de dominio de las rutas, solicitará a través de la Dirección General de Vialidad, la autorización correspondiente del Ministerio de Obras Públicas.

* Tampoco respetó la Ley 1.682/01, que reglamenta la información de carácter privado.

* Art. 4° dice: “Se  prohíbe dar a publicidad o difundir datos sensibles de personas que sean explícitamente individualizadas o individualizables”.

* Sertran Paraguay S.A., con las fotomultas expone a la publicidad la privacidad de las personas y su intimidad doméstica, debido a que la foto llegan a manos de los familiares de la casa del supuesto infractor.

* A todos estos se agrega la violación Ley 1.276/98 de Régimen de Faltas Municipales.

* Y por último la Ley 1.535/99 de Administración Financiera del Estado.

 Con todas estas transgresiones y los presuntos millonarios robos. Los responsables, incluyendo a los intendentes municipales, al entonces ministro Efraín Alegre, deberían ser condenados como “delincuentes” y en este momento deberían estar en Tacumbú.

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