ASUNCIÓN.- El Poder Ejecutivo realizó ajustes al sistema de timbrado de documentos, que establecen reglas más claras para la correcta emisión de nota de crédito y de débito, entradas de espectáculos públicos, juegos de azar y boletos de transporte público de pasajeros, refiere una información proveída por el Ministerio de Hacienda.
Los ajustes fueron realizados mediante el Decreto del Poder N° 312/2018, el marco del proceso de formalización de la economía del país.
En ese sentido, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informa que los documentos complementarios (nota de crédito y nota de débito) solo deberán utilizarse para las transacciones efectuadas dentro del país, teniendo validez en relación a un comprobante de venta determinando, toda vez que en él se encuentre identificado el adquirente del bien o servicio.
Igualmente, la nueva disposición establece que las entradas a espectáculos públicos podrán emplearse para sustentar costos o gastos con efectos fiscales siempre que estén a nombre del adquirente.
Además de las entradas a espectáculos públicos; siempre que identifiquen al adquirente, los boletos de loterías, sorteos, apuestas y demás juegos de azar; y boletos de transporte público de personas urbano e interurbano de corta distancia podrán también emplearse para sustentar costos o gastos.
Por el contrario, estos documentos no podrán ser utilizados para respaldar Crédito Fiscal del Impuesto al Valor Agregado, informó Tributación en un comunicado de prensa.