ASUNCIÓN – Poder Ejecutivo promulgó el decreto N° 6.605/2016 del 28/12/2016 por lo cual establece el valor a tener en cuenta por la SET.
La resolución actualiza la tasa de interés aplicada a las facilidades de pago de tributos o prórrogas concedidas por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).
Establece así que la tasa de interés que deberá cobrar la SET quedó establecida en 1,4% mensual, lo que equivale a una tasa anual del 16,8%, la que será aplicada a las facilidades y prórrogas que la Administración Tributaria otorga a partir del 1 de enero de 2017.
Esto, recordando que la Ley N° 125/1991, en su artículo 161, faculta a la Administración Tributaria a conceder facilidades de pago a aquellos contribuyentes que lo soliciten y siempre que justifiquen las causas que impidan el cumplimiento de sus obligaciones.