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Un hombre fue condenado por no prestar pensión a su hija

CIUDAD DEL ESTE.- El ciudadano Alberto Dielma Aguirre fue condenado a 2 años de prisión, más 3 años de suspensión de la ejecución de la condena, por el hecho de incumplimiento del deber legal alimentario. El hombre conoció su sentencia durante un juicio oral y público llevado a cabo días atrás en el Poder Judicial de Ciudad del Este.

 

La fiscal Liliana Denice Duarte, en representación del Ministerio Público, sustentó la acusación contra el encausado, mediante la producción de pruebas documentales y testificales. Tras la comprobación del hecho punible, los magistrados Marino Méndez, Zunilda Martínez Noguera y Herminio Montiel, miembros de Órgano Judicial, dictaron el fallo contra Dielma Aguirre.

Según los antecedentes, la causa se originó el 21 de diciembre del 2015 mediante la denuncia formulada por la ciudadana Gloria Concepción Zelaya, en representación de su hija menor. La denunciante presentó la Sentencia Definitiva 677 del Juzgado de la Niñez y Adolescencia, que obligaba a su expareja al pago mensual de 300 mil guaraníes como prestación alimentaria, a favor de su hija, y que debía depositar en el Banco Nacional de Fomento.

En el marco de la investigación del hecho, el Ministerio Público solicitó informes al BNF y pudo determinar que el hombre tenía un atraso de 30.700.000 guaraníes desde el 27 de noviembre del 2008 hasta diciembre de 2017. En todo ese tiempo, Dielma Aguirre solamente pagó 1.700.000 guaraníes, conforme con los datos.  A raíz de esta situación, la Fiscalía inició el proceso penal contra el hombre y ahora obtuvo su condena en el juicio oral.

 

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