Carlos Portillo (PLRA), diputado por Alto Paraná.
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Hasta la ciudadanía “defiende” al diputado Carlos Portillo

ASUNCIÓN. La fuerte presión ciudadana contra los parlamentarios investigados por supuestos hechos de corrupción, tráfico de influencia y otros, ya se ha debilitado y más aún en el caso del diputado Carlos Portillo.

En los momentos en que se trataron los temas, primero del desafuero y después la perdida de investidura del parlamentario liberal, los ciudadanos movilizados tácitamente lo “defendieron”, sin tomar acciones en aquellos momentos.

Y Portillo se tomó hasta el atrevimiento de desafiar al grupo, pero al parecer los miembros del movimiento escrache son del mismo signo político del diputado.

Las acusaciones existentes contra Portillo fueron bien analizadas por el Ministerio Público y más de una vez se sostuvo que corresponde que al legislador se le retire su investidura. Sin embargo, nada prosperó hasta hoy contra el parlamentario.

Cuando existen presiones ciudadanas, las instancias judiciales responden a cuestiones mediáticas, pero como los escrachadores “bajan la guardia” cuando se trata del “amigo” Portillo, todo se enfría.

Uno de los últimos tratamientos del caso Portillo, fue mediante Resolución número 8, la Comisión Permanente del Congreso Nacional, convoca a sesión extraordinaria a la Cámara de Diputados, para estudiar el pedido de desafuero del diputado liberal Carlos Portillo. No pasó nada.

El documento donde se solicita dejar sin fueros al parlamentario, fue entregado a la Comisión Permanente, según el oficio número 45, remitido por el Juez Penal de Garantías Gustavo Amarilla, de acuerdo al expediente del Ministerio Público, que fue caratulado como “Carlos Antonio Portillo Verón y otros s/tráfico de influencias (Ley 2523/04). La imputación estuvo a cargo de la fiscala Liliana Alcaraz.

Vale enfatizar que el artículo 191 de la Constitución Nacional, establece que “cuando se formase causa contra un Senador o un Diputado ante los tribunales ordinarios, el juez lo comunicará, con copia de los antecedentes, a la Cámara respectiva, la cual examinará el mérito del sumario, y por mayoría de dos tercios resolverá si ha lugar o no al desafuero, para ser sometido a proceso. En caso afirmativo, le suspenderá en sus fueros”.

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