Según el decreto, argentinos en el extranjero podían votar por correspondencia.
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La Justicia declaró inconstitucional voto por correo para los extranjeros

BUENOS AIRES.- La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría declaró inconstitucional el decreto del Presidente Mauricio Macri que habilitaba a los argentinos que viven en el exterior a votar por correspondencia.

En el eje de los fundamentos de la jueza se destaca el argumento central que invocaron desde la oposición: que el decreto 45, firmado en enero por el Presidente, “ha pretendido reformar normas electorales (al establecer un nuevo sistema de votación, una fecha distinta para la celebración del acto electoral y un procedimiento diferente para la realización del escrutinio), cuestiones que debe ser analizada por el Congreso”.

“Ni la Ley 24.007 ni el Código Electoral Nacional -en su redacción original como tampoco en ninguna de sus reformas- prevén la posibilidad de emitir sufragio mediante correo postal. En consecuencia, si el Poder Legislativo al sancionar la Ley 24.007 no estableció pautas precisas en relación a esta cuestión, y tampoco modificó el Código Electoral Nacional estableciendo un nuevo sistema de votación, el Poder Ejecutivo no puede hacerlo ya que ello implicaría modificar una cuestión sustancial de la normativa electoral, en relación a la emisión del sufragio de un grupo determinado de ciudadanos”, sostiene el fallo.

“De lo contrario, si se admitiera que mediante una disposición reglamentaria se pueden modificar leyes electorales (la Ley 24.007 quedó incorporara al Código Electoral Nacional de acuerdo a lo establecido en su art. 4), se estaría convalidando una situación que contraría expresamente las disposiciones de los arts. 76 y 77 de la Constitución Nacional y que se encuentra prevista en el art. 99 de la Carta Magna, que establece que el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo”, completa.

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