Marta González, viceministra de Tributación.
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La SET registra cerca de 48 mil contribuyentes del IRP

Desde el 1 de setiembre rige la retención de Impuesto a la Renta Personal. La Reglamentación emitida por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) establece que las empresas públicas, las sociedades, cooperativas, asociaciones, las empresas unipersonales de la  categoría de grandes y medianos contribuyentes, y las demás entidades públicas o privadas cualquiera sea su naturaleza, deberán retener el IRP a los contribuyentes. Están afectados empleados en estado de dependencia desde G. 10 millones y los independientes que perciben G. 117 millones al año. Existen aproximadamente 48 mil contribuyentes de renta personal.

ASUNCIÓN.- La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) echó a andar la reglamentación, Decreto n° 6.560/16, la Administración Tributaria emitió la Resolución General n° 119/17 por la cual reglamenta la retención del Impuesto a la Renta Personal (IRP), que regirá a partir del 1 de setiembre de este año.

Marta González, viceministra de Tributación, explicó al respecto que “las retenciones entrarán a regir desde 1 de setiembre  y el porcentaje aplicado será del 0,5% sobre el salario percibido por el funcionario público o empleado del sector privado en relación de dependencia y estén inscriptos en el IRP, que alcance o supere los 60 salarios mínimos en un año”.

La referida reglamentación establece que las empresas públicas, las sociedades, cooperativas, asociaciones, las empresas unipersonales de la categoría de grandes y medianos contribuyentes, y las demás entidades públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza, deberán retener el IRP a los contribuyentes.

La funcionaria aclaró que “la normativa señala también que no se efectuarán las retenciones sobre el aguinaldo; las jubilaciones, pensiones y haberes de retiro; las indemnizaciones, bonificaciones, viáticos; y otros conceptos citados específicamente en la resolución”.

Los agentes de retención deberán emitir en forma virtual los comprobantes de retención mediante el Software Tesakã y los contribuyentes que fueron retenidos, podrán consultar a través del Sistema Marangatú que las retenciones fueron declaradas e ingresadas por sus agentes de retención.

De acuerdo con los registros parciales existen cerca de 48 mil contribuyentes afectados a la IRP. El empleado que gana menos de los G. 10 millones no estará afectado.

“ASALARIADOS SERÁN LOS MÁS BENEFICIADOS”

Nora Ruotti, abogada tributarista.
Nora Ruotti, abogada tributarista.

Un extenso comentario realizó Nora Ruotti, profesional tributarista, y analizó ventajas y desventajas que se revelan en la reglamentación del Impuesto a la Renta Personal que rige desde 1 de setiembre. Explica que “los más beneficiados serán los empleados dependientes, aquellos que perciben un salario y están inscriptos en el Instituto de Previsión Social (IPS) o en otra caja porque se les retendrá el 0,5% si es que su salario sea de 10 millones”. En un año el pago será de G. 600 mil.

Destacó la profesional que los contribuyentes independientes o los que facturan con IVA “tendrán una retención del 1%, excluyendo el IVA, y en esta instancia la retención es mayor y no habrá límites”.

Aclaró que “la retención no es parte de un sistema de formalización de la economía, no está hecho para formalizar, es al contrario, el que no emite factura o su cliente no le exige, pero si lo hace cuando se le pide, esto hace que la gente trate de no extender factura porque se le debe retener”.

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