ASUNCIÓN – Según informó la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República, los microempresarios ya podrán acceder al servicio de asistencia social.
Esto según proclamó el Poder Ejecutivo en la Ley N° 5741/2016, “Que establece un sistema especial de beneficios del Sistema de Seguridad Social (IPS) a los microempresarios’’.
Los afectados deberán cotizar al Instituto de Previsión Social el 24% calculado sobre la base imponible establecida en el artículo precedente de esta ley, distribuyéndose dicho aporte como sigue: 12,5% al fondo de jubilaciones y pensiones, el 2,5% al fondo de Administración General de la Entidad, y el 9% al fondo de Enfermedad y Maternidad.
De acuerdo a lo que explicó, Pedro Halley, gerente de Prestaciones Económicas del IPS, la ley da un plazo de 90 días para su reglamentación, y en febrero tendría que estar en plena aplicación.
Con relación a cómo afectaría mas asegurados al ente, el funcionario dijo, ‘‘Entren o no entren pymes la capacidad de respuesta del IPS está al tope. Afectará, pero lo que tenemos que hacer es reglamentar la gradualidad que prevé la propia ley’’.
Sobre los beneficios para IPS, Halley expresó que es bueno, ya que representa más ingresos para el fondo y un beneficio para los empresarios, ‘‘Ahora van a tener la posibilidad de acceder al seguro también’’, declaró.