ASUNCIÓN.- Las causas por las que está imputado el diputado abdista Ulises Quintana son crímenes, porque superan los cinco años de pena privativa de libertad, de acuerdo al inciso 1 del artículo 13 del Código Penal Paraguayo, que, en la segunda parte dice que los delitos son los hechos punibles cuya pena privativa de libertad de hasta cinco años o multa.
Si la causa fuera delito, es decir, con hasta cinco años de cárcel, el imputado puede recibir medidas sustitutivas a la prisión, como sería el caso del tráfico de influencias. El problema de Quintana es que, además, está imputado por tráfico de drogas (como cómplice), asociación criminal, enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, los que tienen una expectativa de cárcel de 10 años o más.
Esto significa que no son aplicables las medidas sustitutivas en el caso de Quintana, quien deberá, necesariamente, guardar prisión preventiva hasta tanto se sustancie el juicio y mientras este dure. Aunque luego pudiera ser declarado inocente, no hay forma de que se salve de la prisión mientras no haya sentencia firme y ejecutoriada del juez interviniente.