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No necesita pasar otra vez por el Congreso

ASUNCIÓN.- La opinión jurídica y la sentencia de la Corte Suprema de Justicia confirma la legalidad y aplicabilidad del bono emitido en virtud de la Ley de Presupuestos de 2016, actualmente vigente como ley presupuestaria para 2017.

La valoración de Moody’s destaca que la ejecución presupuestaria es un todo. No es factible aprobarlo de manera parcial. Al respecto, la calificadora destaca que ni la Constitución ni las leyes paraguayas prevén la exclusión parcial de la ley presupuestaria o exigen nuevas aprobaciones por parte del Congreso en caso de que se aplique la ley presupuestaria del año fiscal anterior”.

Tras un profundo análisis de lo que ordena las leyes paraguayas la calificadora concluyó que “el bono es una obligación de deuda legal y eficaz, de acuerdo a la constitución del Paraguay y las leyes actualmente en efecto”

Entiende que la Ley presupuestaria es una sola y la vigencia es total “y entró en vigencia en su totalidad, tras el veto del Presidente a la ley presupuestaria de 2017 y, por tanto, aplicable al ejercicio 2017, con todas las fuentes de financiación contempladas, incluida la deuda pública externa”.

La conclusión fue que el Congreso ya otorgó la validez de estos bonos externos mediante la aprobación de la Ley del Presupuesto General de la Nación 2016, “de la misma manera como ocurrió en 2013, 2014, 2015 y 2016, que el gobierno emitió bonos en los mercados internacionales de capitales con la autorización del Congreso, que fue incorporado en la ley presupuestaria del respectivo año”, dice Moody’s.

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