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Objeción va a Diputados

ASUNCIÓN.- De acuerdo a los reglamentos del Congreso, el Poder Ejecutivo deberá remitir a Diputados (cámara de origen) el Decreto Número 8.717 por el cual el presidente Horacio Cartes veta parcialmente el proyecto de Ley 6039/2018, que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional que habla de las condiciones de Pérdida de Investidura. Esta Ley afecta no solo a parlamentarios, sino al fiscal general del Estado, contralor, y ministros de la Corte Suprema de Justicia.

El mecanismo legal movió a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja, cuyos funcionarios convocaron a sus miembros a una reunión para el 26 de marzo a las 11:30 horas a fin de analizar el veto parcial a la Ley. La Cámara Baja analizará solo los puntos objetados.

El jefe de Estado, Horacio Cartes, firmó ayer viernes el Decreto que objeta varios artículos, entre ellos el artículo 3, en su párrafo que exige como condición para el inicio de juicio político una sentencia firme de tribunales, contra el investigado.

“Con un NO rotundo a la impunidad y un SÍ a la institucionalidad, he decidido vetar parcialmente el proyecto de ley que reglamenta la pérdida de la investidura”, expresó Cartes en su cuenta de Twitter, tras vetar los artículos 3º, 46 y 47 de la normativa.

El Reglamento de esta instancia legislativa determina que solo los puntos objetados deberán ser revisados. Se rechazará o aceptará el cuestionamiento y luego pasará al Senado, que debe hacer también el estudio correspondiente.

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