ASUNCIÓN. A raíz de que el servicio de transporte de cargas debe seguir operando, en virtud al Decreto 3512/20, la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) el Ministerio del Interior, la Fiscalía General del Estado y la Dirección de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud (MSPBS) verificarán la movida comercial en el rubro de transporte.
El Decreto 3512/20 de endurecimiento de las restricciones sanitarias por Semana Santa exceptúa de las restricciones, al servicio de transporte de cargas para asegurar las provisiones y exportaciones.