El caso fue uno de los más graves ocurridos en esta parte del país.
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Pena máxima para culpables de homicidio en CDE

CIUDAD DEL ESTE, Alto Paraná.- Un Tribunal de Sentencias integrado por las juezas Mirta Aguayo, Norma Girala y Graciela Ortiz, aplicó la pena privativa de libertad de 30 años para Lucineia Stael Gresosky y Jurandir Lopes Alves, por la muerte del joven Johnny Leith Prieto ocurrido en el año 2010.

La causa tuvo un reenvío para un nuevo juicio sobre la medición de las penas, sin embargo, las medidas de seguridad de 10 años impuestas a los acusados, se mantienen.

El caso fue uno de los más graves ocurridos en esta parte del país, y se configuraron los hechos punibles de asociación criminal, extorsión agravada y homicidio doloso. Otro involucrado en el caso, Gilvacir Lópes Alves ya cuenta con condena firme.

Las magistradas indicaron que la mujer utilizó la seducción para atraer a la víctima, con una finalidad económica. El hombre fue muerto a tiros y luego le produjeron heridas cortantes en el abdomen, con las vísceras a la vista, lo maniataron, le pusieron una piedra atada a la cintura y lo arrojaron al río Monday, con la intención que el cuerpo no flotara.

Cuando el hombre ya estaba muerto, realizaron llamadas extorsivas a la familia exigiendo la suma de 50 mil dólares, o de lo contrario “les mandaría la cabeza de Johnny en una bandeja para que viera su hija”.

La inteligencia, la astucia y la crueldad del grupo, hizo que toda una familia quedara sumida en la ansiedad y la desesperación, hasta que finalmente se pudiera llegar a los integrantes de la banda criminal, con la tarea de inteligencia de agentes de la unidad antisecuestros de la Policía Nacional.

“Este crimen pudo quedar impune si no se tuviera la intervención de la tecnología en la investigación. Ojalá no haya otras víctimas por ahí. La declaración de los familiares fue sumamente relevante para conocer la crueldad con la que actuaron, fue un hecho premeditado y la autoría de estas personas ya fue confirmada por tribunales superiores y la propia Corte Suprema de Justicia”, expresó la magistrada Graciela Ortiz de Villalba.

El Ministerio Público estuvo representado por Estela Marys Ramírez y la querella adhesiva a cargo de la la abogada María Graciela Vera Colmán. Los acusados fueron asistidos por la Defensoría Pública de Presidente Franco.

Se dispuso de Jurandir Lópes Alves guarde reclusión en el penal regional de Ciudad del Este, mientras que Lucineia Stael Gresosky, deberá permanecer en el correccional del Buen Pastor, en la capital del país.

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