Eduardo Petta, ministro de Educación.
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Petta debe demostrar su residencia

ASUNCIÓN.- Eduardo Petta pretende postularse por la ANR para la Gobernación de Central, a pesar de ser oriundo del departamento de Itapúa. Tiene razón cuando dice que la Constitución exige una residencia de 5 años en el lugar, y no habla del sitio del sufragio. Sin embargo, deberá demostrar que, a pesar de haber votado en el 2015 en Encarnación, lleva casi 10 años residiendo en San Lorenzo.

Este no es un caso penal, así que aquí no se tiene por qué presumir la inocencia de Petta ni creerle cuando dice que lleva casi 10 años, desde el 2008, viviendo en la ciudad de San Lorenzo, del departamento Central, del que pretende ser gobernador. Por lo tanto, es él quien tiene toda la carga de las pruebas, es decir que deberá demostrar lo que dice.

Desde el momento en que el movimiento Colorado Añetete decidió postular al exfiscal como precandidato a gobernador, el oficialismo de la ANR objetó la idea, asegurando que hay pruebas que demuestran que Petta sigue inscripto en el Registro Cívico Permanente en la ciudad de Encarnación, en donde votó hace 1 año y medio, durante los comicios municipales.

El senador excolorado, exencuentrista, exindependiente y ahora colorado de nuevo, pretende minimizar esta denuncia asegurando que la Constitución habla de lugar de residencia y no sitio del sufragio, lo cual es cierto, ya que el artículo 162 de la Carta Magna, cuando habla de los requisitos para ser gobernador, en su inciso 3 dice “ser nativo del departamento y con radicación en el mismo por un año por lo menos. En el caso de que el candidato no sea oriundo del departamento, deberá estar radicado en él durante cinco años como mínimo. Ambos plazos se contarán inmediatamente antes de las elecciones”.

Así como no habla del sitio del sufragio, el artículo tampoco dice que habrá que confiar en la palabra del candidato, por lo tanto Petta tendrá que arrimar papeles que confirmen que lleva 9 años viviendo en San Lorenzo, aunque –vaya a saber por qué- jamás hizo su traslado en el Registro Electoral.

Tampoco sirve que haya vivido 5 años en San Lorenzo mientras fue director de la Policía Caminera, porque la última parte del artículo dice que los plazos “se contarán inmediatamente antes de las elecciones”, o sea que a la hora de postularse como candidato a gobernador debe llevar, por lo menos, un lustro viviendo en la ciudad.

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