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Reglamentan ley que garantiza atención a personas con cáncer

ASUNCIÓN.- La ley “De Atención Integral a las Personas con Cáncer” fue reglamentada por el Poder Ejecutivo. La misma permitirá la utilización de los fondos destinados para los enfermos oncológicos y un registro de pacientes que padecen este tipo de enfermedades.

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, dispuso la reglamentación por Decreto N° 2064 de la Ley 6.266/2018 de Atención Integral a las Personas con Cáncer, que establece entre otros puntos la habilitación de una cuenta especial sin topes financieros para garantizar el acceso oportuno de una asistencia a los pacientes con cáncer.

También habrá un Registro Nacional de Personas con Cáncer para lo cual se conformará un comité técnico interdisciplinario para elaborar una lista de los medicamentos para el tratamiento efectivo de la enfermedad; elaborarán además, un plan de acciones de prevención y detección precoz del cáncer.

Toda la coordinación de las acciones estará a cargo del Ministerio de Salud Pública, que tendrá que diseñar y aprobar políticas, planes y programas que serán ejecutados por todas las instituciones integrantes del Sistema Nacional de Salud.

Prevén también la implementación de programas educativos que serán coordinados por el Ministerio de Salud en conjunto con el Ministerio de Educación, para incorporar gradualmente, a partir del año 2020, contenidos específicos referentes a la prevención y detección precoz del cáncer, como parte de los programas educativos.

Sobre el Registro Nacional de Personas con Cáncer se constituirá como una base de datos de acceso público gestionada por el Instituto Nacional del Cáncer (INCAN). Será a partir de la información que proveerán obligatoriamente todas las Instituciones que forman el Sistema Nacional de Salud.

Además se establece la constitución de una Red Nacional de Atención a las Personas con Cáncer.

Parte de la reglamentación es también establecer que el Ministerio de Salud conformará un comité técnico interdisciplinario para elaborar el listado de medicamentos que requieren los pacientes.

El Listado Nacional de Drogas Antineoplásicas como los protocolos de diagnóstico y tratamiento se elaborará teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión Nacional Asesora para la Atención Integral del Cáncer.

Tanto los protocolos de diagnóstico y tratamiento serán sometidos a evaluación y actualización periódica, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Nacional Asesora para la Atención Integral del Cáncer.

 

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