ASUNCIÓN.-La Administración Tributaria emitió la Resolución General N° 119/17 por la cual reglamenta la retención del Impuesto a la Renta Personal (IRP), en cumplimiento al Decreto N° 6.560/16, el cual regirá desde el 1 de septiembre de año en curso.
Dicha reglamentación, establece que las empresas públicas, las sociedades, cooperativas, asociaciones, las empresas unipersonales de la categoría de grandes y medianos contribuyentes, y otras entidades, ya sean públicas o privadas, deberán retener el IRP a los contribuyentes.
Según la normativa no se realizarán las retenciones sobre el aguinaldo las jubilaciones, pensiones y haberes de retiro; las indemnizaciones, bonificaciones, viáticos; y demás citados en la resolución.
Quienes quieran saber más sobre la reglamentación, pueden ingresar a la sección Normativas / Resoluciones Generales / 2017 de la página www.set.gov.py.