Un juez estadounidense ordenó la reunificación de las familias separadas por la política de "tolerancia cero" de Trump.
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Revés para Trump: Justicia le da 30 días para reunificar a familias de inmigrantes

Un tribunal federal de San Diego ordenó, con alcance nacional, la reunificación de las familias de inmigrantes separados por la policía migratoria, denunciando la política de “tolerancia cero” impuesta por el gobierno de Donald Trump. Los menores de cinco años deberán ser juntados con sus padres en 15 días y en menos de 30 días para los otros niños.

WASHINGTON.- El juez Dana Sabraw, también ordenó suspender la deportación de los padres separados de sus hijos que aún no hayan sido reunificados.

El fallo tiene su origen en una demanda que interpuso la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, en inglés) a favor de una niña congoleña de 7 años separada de su madre y de un menor brasileño de 14, también separado de su progenitora.

La determinación es el primer revés judicial para Donald Trump, en esta temática de “tolerancia cero” en materia de inmigrantes.

Sabraw, cuya madre nació en Japón, describió la separación de familias como una “circunstancia caótica creada por el propio gobierno”.

A no ser que representen un peligro para sus hijos, los padres deben de ser reunidos con ellos en un plazo de dos semanas para los menores de cinco años y en menos de 30 días para los otros niños.

Esta decisión puede clarificar la confusión que creó la orden emitida la semana pasada por Trump, para frenar la separación de las familias en la frontera, pero sin instrucciones claras sobre su reunificación.

El gobierno decidió dar marcha atrás a la separación de las familias tras el rechazo unánime dentro y fuera de Estados Unidos, que provocó la medida a raíz de la difusión de imágenes de niños solos y encerrados en recintos, en algunos casos divididos a modo de jaulas.

El martes el jefe de Estado, había recibido un respaldo de la Corte Suprema de Justicia en otro aspecto de su política migratoria. El tribunal supremo, por 5 a 4, falló a favor de la prohibición del freno al ingreso de ciudadanos, especialmente de algunos países de mayoría musulmana.

El decreto afecta a los ciudadanos de Libia, Irán, Somalia, Siria y el Yemen. También impone algunas restricciones a los venezolanos y a los norcoreanos a partir de septiembre.

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