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Se acabaron las excusas

Después de tres semanas de titubeos, manipulaciones y avivadas, la mesa directiva de la Cámara de Diputados decidió incluir en el orden del día de la sesión de hoy los proyectos que buscan reglamentar la pérdida de investidura de los parlamentarios, es decir, que indican la forma de proceder para que un legislador, comprometido en delitos comunes o tráfico de influencias, pierda su banca y sea expulsado de su cámara.

La primera vez que se aplicó el artículo 201 de la Constitución, sin reglamentar, fue en diciembre del año pasado, cuando el Senado decidió expulsar de su seno al colorado Óscar González Daher, sin darle la posibilidad de renunciar, algo que sí le permitió al oviedista Jorge Oviedo Matto. A partir de allí, y ante la obviedad de que el artículo necesitaba reglamentación, porque el procedimiento, sin él, era demasiado rápido y se definía por simple mayoría, surgió luego lo que los medios llamaron “Ley de autoblindaje”, la que fue derogada ni bien se inició el nuevo período legislativo.

Nadie sabe por qué recayó en la Cámara de Diputados la responsabilidad de iniciar el nuevo proceso para establecer la reglamentación de la pérdida de investidura. Pero así fue; posiblemente tuvo que ver el hecho de que un grupo de colegas pidió que el proceso fuera aplicado al liberal Carlos Portillo, y la mayoría recurrió a la excusa de que no se procedería a hacerlo hasta tanto no se estableciera el procedimiento, de manera oficial.

Lo cierto es que desde que se empezó a hablar del tema lo único que hubo fue dilación tras dilación. Primero, decidieron conformar una comisión especial, como si las permanentes no fueran suficientes para dictaminar sobre el tema. Y si bien le dieron un plazo de 15 días, el equipo cumplió en tiempo y forma, pero, aun así, la mesa directiva consiguió evitar que se incluya en el orden del día durante 3 semanas, y con la clara intención de que no pudiera tratarse sobre tablas, el presidente Miguel Cuevas recurrió a una vil jugarreta, suspender las sesiones ordinarias y convocar a extraordinarias, durante dos semanas consecutivas.

Aunque ya el Senado demostró que no se necesita reglamentación si hay voluntad política y mayoría para juzgar y condenar a un colega, no hará daño que se establezcan de manera clara las reglas del juego. De todos modos, uno de los motivos por los cuales se derogó la ley de autoblindaje fue porque establecer una mayoría calificada era inconstitucional, ya que, al no estar especificada en el artículo 201, la pérdida de investidura se decidirá solamente por mayoría simple.

A pesar de esto, hay diputados que insisten en que, si para suspender a un legislador o desaforarlo se requiere mayoría absoluta, es absurdo que para echarle se necesite solamente una simple. Pero así es la cosa y cuanto antes lo acepten, mejor. Si quieren cambiar esto, como bien lo dijo Jorge Bogarín, habrá que cambiar la Constitución.

Hoy se inicia oficialmente el proceso para reglamentar la forma como un senador o un diputado podrá quedar fuera de su cámara y perder su investidura como legislador. Ya que no existe la revocatoria de mandato, esta es una forma bastante aceptable de que la ciudadanía presione para que se castigue con la expulsión a quienes fueron electos por ella, pero la defraudaron. Esperemos que este proceso ya no encuentre contratiempos –por lo menos, no demasiados- en el camino; por el bien de la ciudadanía y de la imagen del Congreso.

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