ASUNCIÓN.- El director de procedimientos aduaneros, Américo Pereira, explicó que el sistema implementado desde el 2014 en las Aduanas para compras realizadas vía internet, permiten un control que evita la evasión fiscal en las transacciones en el comercio electrónico.
Señaló que el sistema para retiro de mercaderías, adquiridas vía internet, se encuentra vigente desde el año 2014 y que el mismo no ha variado ni se ha modificado en cuanto al cobro de impuestos, ya que los mismos se encuentran fijados por la misma ley.
“La única diferencia actualmente es la presentación de un comprobante de pago que justifique lo que la persona declare como compra vía internet. Es por ello que la persona al contratar el servicio de compra vía courier debe proveer a ésta el comprobante de compra, para que la misma realice los trámites respectivos”, asevero Pereira.
El sistema aduanero prevé como obligatoriedad para el ciudadano de compra casual la declaración de sus datos personales y el tipo de mercadería, cantidad, valor y un comprobante de pago. Es decir, que si compró una carcasa para celular por diez dólares, debe declarar este monto y presentar el comprobante que la empresa donde compró como Amazon por ejemplo, les genera el documento, precisó el aduanero.
“El impuesto es el mismo que se viene pagando desde el 2014, está en la ley no podemos modificar nada, la única diferencia es que lo que se declara se puede acreditar con documentos factura o comprobante de pago”, indicó.
Las personas que compran en forma casual tienen un límite de hasta cien dólares para la aplicación del impuesto aduanero. Si una persona compra un artículo por el valor de 100 dólares o menos, se le libera del impuesto aduanero, solo se le aplica el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que es de un 13% tal cual figura en la reglamentación aduanera, donde refiere que la base imponible se incrementa en un 30%, al no tratarse de una empresa que solo paga el diez por ciento de IVA.
No obstante, el régimen permite compras hasta por 1.000 dólares a cada persona, pero con el cobro ya del impuesto aduanero y del IVA. La tasa aduanera varía de acuerdo al tipo de producto que se haya comprado como por ejemplo en el caso de una computadora estaría rondando el 4%.
Si uno compra varios artículos, el sistema informático va distinguiendo los montos por cada artículo y si no tienen un volumen comercial. Aclaró que se han detectado casos de personas que “artificiosamente” han intentado ingresar cierta cantidad de artículos que ya no responden a un uso personal.
Finalmente, señaló que existen otros regímenes para la compra de otro tipo de mercaderías o productos como por ejemplo el traer un vehículo del exterior. En ese caso pasa al régimen general de importación que le permite realizar una vez al año este tipo de transacción.
Las compras personales se encuentran en los denominados “envíos urgentes”.