Karina Gómez, ministra de la SENABICO, en el XIII Foro Parlamentario de Inteligencia y Seguridad, la semana pasada.
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Si el acusado es inocente, se devuelve el importe de la venta

ASUNCIÓN.- Para la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (SENABICO) todo es “muy fácil”, porque a como dé lugar quiere llevar adelante el comiso de los bienes de los procesados.

Cuando la ministra de SENABICO, Karina Gómez, fue consultada sobre qué pasaría si un acusado resulta ser inocente, su respuesta fue: “Se le devuelve el importe de la venta”.

Hay que recordar que la semana pasada también la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados  recibió los vehículos de alta gama que pertenecen al supuesto narco Reinaldo Javier Cabaña, alias Cucho.

Karina Gómez explicó que la Ley Nº 5876/2017, le faculta a la SENABICO la “venta anticipada” de los bienes en su poder. Aclaró que para realizar la venta anticipada se debe contar con autorización judicial y el propietario también debe dar su consentimiento.

En cuanto al dinero obtenido por la venta de lo incautado, se debe depositar en una cuenta bancaria que genere intereses. En caso de resultar inocente el procesado, el producto de la venta le debe ser devuelto. Pero no solamente el dinero obtenido por la venta de los vehículos deberían devolverse, sino todos los bienes incautados.

LO QUE DICE LA LEY

La Ley N° 5876, del 18 de setiembre de 2017. “De administración de bienes incautados y comisados”, Art 1°: “El objeto de la presente Ley es establecer los procedimientos para la recepción, identificación, avalúo, inventario, registro, administración, mantenimiento, preservación, custodia y destino de los bienes incautados o comisados de interés económico o de valor equivalente bajo los principios de eficiencia y transparencia de la función pública”.

Art. 3: “Bienes comisados: Son todos aquellos sobre los cuales una autoridad, juez o tribunal competente ha declarado la privación del derecho de propiedad o en su caso de la posesión y cualquier otro derecho real o personal, con carácter definitivo a favor del Estado”.

“Bienes incautados: Son todos aquellos que están sujetos a medidas cautelares, precautorias o de aseguramiento dictadas por juez competente o Ministerio Público, y que sean objeto de comiso o privación de beneficios”.

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