ASUNCIÓN. El abogado Renzo Cristaldo, de la Procuraduría General de la República, abordó las denuncias de afiliaciones sin consentimientos a la ANR y PLRA, respectivamente. El mismo indicó que en los casos denunciados, corresponde que el afectado concurra a la justicia ordinaria, para desactivar los registros.
“Desafiliarse implica darle validez a la afiliación. Corresponde que se ordene judicialmente la eliminación del registro vía acción de habeas data”, expresó Cristaldo en conversación con periodistas.
El mismo remarcó que con esa recurrencia a la justicia, se garantizará la eliminación de las afiliaciones indeseadas,
Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia Electoral, se lavó las manos en torno a las denuncias. En un comunicado aclaró que incidentes de esa laya, compete exclusivamente a los tribunales partidarios junto a los afectados,
“La exclusión del nombre del ciudadano es un trámite personal entre la agrupación política y el interesado. El padrón partidario es de exclusivo manejo de los Tribunales Electorales de las agrupaciones políticas, por tanto, la afiliación o desafiliación es de relacionamiento directo entre el ciudadano y la agrupación en cuestión”, subraya la aclaratoria del TSJE.