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Ante “equivocado uso de la fuerza para controlar movilizaciones” CSJ colombiana ordena a ministro de Defensa a pedir disculpas a la ciudadanía

BOGOTÁ. “Tras evidenciar una problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ordenó a las autoridades involucradas en el manejo de las movilizaciones sociales, adoptar acciones para garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y no destructiva”, dispuso esta semana la señalada Corte Suprema de Justicia de Colombia.

Igualmente, la máxima autoridad judicial del citado país determinó que el ministro de Defensa presente disculpas en público “por los excesos de la fuerza pública”, especialmente por “aquéllos cometidos por los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional – ESMAD”. Esta petición hace referencia a las protestas realizadas en Colombia a partir del 21 de noviembre de 2019. Las disculpas deben ser “por radio, televisión y redes sociales”.

Además, la Corte colombiana prohibió que los ESMAD carguen con escopetas calibre 12 durante la cobertura de las manifestaciones ciudadanas y las autoridades policiales deben instalar una “mesa de trabajo” a fin de “reestructurar las directrices del uso de la fuerza”. Esto deberá culminar con un “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”.

Entre tanto, la señalada disposición de la alta autoridad judicial colombiana puntualizó que la Constitución Nacional de ese país no protege a “la protesta intolerante y violenta, no pacífica, que aboga por el discurso y la apología al odio, a la hostilidad, que patrocina la propaganda a favor de la guerra, que propende por el odio nacional, racial, religioso, y por la discriminación, o que incite a la pornografía infantil, al delito o al genocidio”.

Ante esta disposición, el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, reaccionó asegurando que “la manifestación o protesta pública y pacífica de los ciudadanos está garantizada por la Constitución Política y esta se cumple dentro de la política de convivencia y seguridad ciudadana”.

“La Fuerza Pública, en particular el ESMAD, no incurre institucionalmente en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019, en los que pudo existir exceso por parte de la Fuerza Pública, estos corresponderían a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos”, finalizó.

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