ASUNCIÓN.- La Cámara de Senadores aprobó este jueves, con 26 votos, el proyecto de ley que incorpora al Código Penal el hecho punible de sicariato y con una pena de 15 hasta 30 años a los autores, tanto moral como material.
El documento modifica “el inciso segundo numeral 5 del artículo 105 del Código Penal y considera como homicidio doloso al que actuara por sí y por cuenta propia con ánimo de lucro”. La normativa pasa ahora a Diputados.
La normativa determina el sicariato “al hecho en que se matara cumpliendo orden, encargo o acuerdo, comete un homicidio por lucro, recompensa, promesa, reconocimiento o cualquier beneficio, para sí o para un tercero”,
Según los proyectistas, tipificar penalmente el sicariato permitirá “cubrir los espacios vacíos que se presentan en nuestra legislación penal”. De igual modo, se busca identificar claramente a contratante, intermediario, ejecutor o sicario y la víctima, como también las modalidades propias del hecho.
En ese sentido, indicaron que en nuestro país el crimen, a más de ser uno de los delitos donde se percibe la mayor cifra negra dentro de la violencia, también refleja el mayor número de casos no resueltos; lo cual revela el nivel de impunidad existente.