Esta situación se genera, principalmente, por los sectores jubilatorios deficitarios como el de los militares, policías y maestros.
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Caja Fiscal cerró con un déficit de más de G. 200 mil millones

ASUNCIÓN.- Al cierre del primer trimestre del año, la Caja Fiscal tuvo un déficit de G. 200.551 millones, debido a la diferencia entre los egresos que fueron por G. 757.315 millones y los aportes que llegaron solo a G. 556.764 millones, de acuerdo con los datos de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda.

Esta situación se genera, principalmente, por los sectores jubilatorios deficitarios como el de los militares, policías y maestros, los cuales representan a 42.337 personas de los 60.163 jubilados de la Caja Fiscal en todos los sectores. Asimismo, es importante mencionar que el déficit de las fuerzas públicas es cubierto con Recursos del Tesoro, es decir, con impuestos percibidos por el Fisco.

En este escenario, la Caja Fiscal muestra un valor presente descontado del pasivo no financiado, aproximadamente, de un 27% del PIB corriente, a valores del 2018. El Sector Civil presenta un déficit del 19% del PIB, siendo el principal sector desfinanciado el Magisterio Nacional con un 16%.

Al respecto, se ha iniciado la gestión de un apoyo financiero del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con el objetivo de impulsar la agenda de fortalecimiento integral de la Caja Fiscal; por otro lado, dado lo establecido en la Ley del Presupuesto General de la Nación, desde este año se impulsará una agenda importante de diversificación de la inversión de los recursos excedentes depositados en el Banco Central del Paraguay (BCP).

Finalmente, el Ministerio de Hacienda observa con preocupación el proyecto de ley con media sanción en el Congreso Nacional, por el cual se modifica el régimen jubilatorio de profesionales médicos, que fue tratado y aprobado recientemente en la Cámara de Diputados sin contar con el informe técnico de esta Cartera de Estado, conforme lo establece el artículo 12 de la Ley Nº 5.098/13 de Responsabilidad Fiscal.

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