ASUNCIÓN.- La Cámara de Diputados aprobó este miércoles con modificaciones el proyecto que establece el uso obligatorio de mascarillas en lugares cerrados con más de cinco personas. El documento vuelve al Senado para su consideración.
El Senado aprobó el documento el pasado 10 de julio y establece multas de hasta 500 mil guaraníes para las personas que no cumplan con la normativa y los niños desde los 6 años deberán usar tapabocas en sitios públicos y privados, donde no se pueda mantener una distancia mayor a los 1,5 metros.
También se estipula la obligatoriedad del uso de mascarillas higiénicas o de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, para todas las personas que concurran o asistan a los organismos y entidades del Estado y las del sector privado en general.
Las que tengan contraindicaciones por motivos de salud, debidamente justificada, o personas con discapacidad que haga inviable su utilización, están exceptuadas de la normativa.
En caso de estar en lugares cerrados sin tapabocas, sus responsables abonarán una multa de dos jornales mínimos y en caso de reincidencia el cierre temporal del local por 10 días. Una segunda reincidencia podrá derivar a una clausura permanente.
Se establece como autoridad de aplicación y receptora de las multas a las municipalidades, en cooperación con la Policía Nacional. El Ministerio de Salud Pública deberá hacer una intensa y permanente campaña de comunicación, concientizando a la ciudadanía para adoptar las medidas de prevención y protección.