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Cartes, Afara, Nicanor y Lugo siguen en competencia

El Tribunal Electoral de la Capital no encontró impedimentos legales ni constitucionales que impidan las candidaturas de Horacio Cartes, Juan Afara y Fernando Lugo y no hizo lugar a las impugnaciones planteadas por Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Partido Patria Querida (PPQ), Concertación Nacional Frente Guasu, Partido Revolucionario Febrerista y Partido Demócrata Progresista (PDP). Los tres siguen en carrera y los radicales auténticos adelantaron que apelarán ante la máxima instancia electoral. Tienen tiempo hasta el lunes.

ASUNCIÓN.- No tiene sustento legal el planteamiento hecho por los partidos y movimientos que pretendieron dejar fuera de competencia a los colorados Horacio Cartes, Juan Afara, Nicanor Duarte Frutos y el opositor Fernando Lugo, de Frente Guasu.

A la primera hora de la tarde de la víspera, el Tribunal Electoral y de lo Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Capital, Primera Sala, resolvió “hacer lugar a la excepción de la falta de acción opuesta por los apoderados de la Asociación Nacional Republicana (ANR”, determinación que deja sin curso a las impugnaciones presentadas por la Alianza Ganar y otros movimientos y partidos menores contra los tres candidatos colorados.

Luis Alberto Mauro, asesor de la Superior Tribunal de Justicia Electoral (STJE), confirmó la sentencia que en su parte resolutiva dice “No hacer lugar a las impugnaciones planteadas por los apoderados de los partidos políticos Liberal Radical Auténtico, Patria Querida, Concertación Nacional Frente Guasu, Partido Revolucionario Febrerista y Partido Demócrata Progresista contra los señores Horacio Cartes, Nicanor Duarte Frutos, Juan Eudes Afara y Fernando Lugo”.

Agregó Mauro que “los partidos que impugnaron tienen tres días corridos, hasta el lunes hasta la media noche para apelar”. Las apelaciones deberán ser interpuestas ante la el Superior Tribunal de Justicia Electoral.

De esta manera, la primera instancia valida las candidaturas de estas cuatro personas que pugnan por similar cantidad de bancas en el Senado de la República para las próximas elecciones generales.

Mauro destacó que “el Tribunal se fundamenta en que los impugnados reúnen todos los requisitos legales para ser candidatos a senador nacional al no hallarse comprendidos dentro de las disposiciones legales de conformidad al artículo 120 de la Constitución Nacional”. Destaca que el cargo de senador vitalicio es un “cargo honorífico” que no impide ser candidato activo.

En el caso de Cartes, dice el documento que “no ha alcanzado el cargo honorífico, por lo que posee un “derecho en expectativa”, mientras que Juan Afara no llegará a tener ningún puesto honorífico y tampoco está “expresamente inhabilitado” por la Carta Magna para postularse”.

En cuanto a la situación de Duarte Frutos, la resolución expresa que “si bien cuenta con el título de senador vitalicio, no es más bien que un honor por haber sido Presidente y que no existe ninguna norma constitucional ni electoral que lo inhabilite para ser electo en otro cargo”.

En el caso de Fernando Lugo, explica la Resolución, que “al no terminar su mandato como presidente, destituido a través de un juicio político, nunca llegó a ser senador vitalicio”.

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