Reinaldo “Cucho” Cabañas.
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Caso “Cucho” Cabaña: Fiscalía presenta inconstitucionalidad contra tribunal que revocó prórroga para presentación de pruebas

ASUNCIÓN. Continúa el enfrentamiento entre jueces y fiscales que intervienen en la causa que investiga al presunto capo narco Reinaldo “Cucho” Cabaña, detenido como consecuencia de la Operación Berilo, en el cual también está imputado el diputado añetete Ulises Quintana.

Todo el problema surgió cuando un tribunal de apelación revocó la prórroga del plazo que había concedido la jueza Alicia Pedrozo para que el Ministerio Público presente las evidencias que sustentan la acusación en contra de Cabaña. Desde que esto ocurrió los fiscales de la causa advierten que la misma podría extinguirse y el procesado quedar libre, a causa de la decisión del Poder Judicial.

En conferencia de prensa, el fiscal adjunto de la Unidad Antinarcóticos, Marcos Alcaraz, informó que el Ministerio Público presentó una acción de inconstitucionalidad, ante la Corte Suprema de Justicia, en contra de la revocatoria del tribunal integrado por los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Ocampos y Gustavo Santander, por haberse arrogado funciones del juez de primera instancia y dictar una resolución contradictoria y absurda.

“El Ministerio Público formuló su acusación en la fecha indicada; lo que no hizo es acompañar las pruebas. Hay dos momentos, la presentación del escrito de la acusación y la remisión de las evidencias. El propio tribunal reconoce que son dos momentos diferentes, y actúa de manera contradictoria; no puede invalidar el escrito de acusación. Tiene dos momentos, el ofrecimiento de las pruebas y la remisión física, que se está realizando en los días y las fechas que ha fijado el juzgado”, explicó el fiscal Alcaraz.

Recordó que la carpeta fiscal tiene 85 tomos, con escuchas telefónicas de un año, extracción de información de celulares de 38 personas, extracción de datos de informática, y aproximadamente 40 vehículos incautados, por lo que “es imposible que se dé en un solo acto y eso es reconocido hace muchos años. La resolución es contradictoria y absurda, porque interpreta de manera literal que con la acusación tiene que ir el ofrecimiento de prueba”.

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