José Casañas Levi.
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“Cuando se trata de la pérdida de una vida se tiene que resolver en juicio oral, no en una audiencia preliminar”, reivindica Casañas Levi

ASUNCIÓN. “Yo creo que cuando se trata de la pérdida de una vida se tiene que resolver en juicio oral, no en una audiencia preliminar, pero ese es mi punto de vista”, señaló el abogado José Casañas Levi. Sus declaraciones se dieron en medio del debate público en torno a un accidente fatal de tránsito en cuyo caso el fiscal de la causa pidió la liberación del hombre que conducía el vehículo que chocó a la víctima.

El referido caso es el de Mauricio Matías Gulino Lird quien, el 17 de enero de este año, al mando de una camioneta, chocó a Rubén Nicolás Fernández Cañiza (18), en Asunción. El conductor no se detuvo a auxiliarlo. El chico falleció a consecuencia de las lesiones sufridas.

Una de las aristas que más discusión generó fue la de si Gulino Lird estaba alcoholizado o no al momento de la tragedia. Según los datos, el citado Gulino Lird habría dado 0.4 en el alcotest, medida considerada como falta administrativa. Y, aparentemente por esta razón, el fiscal Oscar Delfino solicitó el sobreseimiento de Gulino Lird.

“En los hechos culposos o imprudentes hay dos categorías, una es la imprudencia simple y la otra se conoce como imprudencia grave. Hoy la pena por matar a una persona en accidente de tránsito por imprudencia, es de 5 años”, señaló también Casañas Levi.

“Los hechos imprudentes al igual que los dolosos, tiene distinta graduación de disvalor (de acción y de resultado). Por eso se clasifican en simples y graves. Y por eso merecen penas distintas. No tiene nada que ver con derecho penal mínimo”, añadió.

Dijo igualmente que la conducta de una persona en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga y que conduce un vehículo puede considerarse como una conducta temeraria.

“El Homicidio culposo (Art 107, CP) actualmente con una sola modalidad y pena de hasta 5 años, debe tener dos variables: culpa simple (hasta 5 años) y temeridad (hasta 8 años). Los cometidos bajo efecto de drogas son temerarios”, amplió.

También remarcó finalmente que “cuando en la comisión de reforma anterior, propusimos que los homicidios cometidos en atropellamientos x estado de ebriedad sean crímenes, de opuso la Fiscalía, la Defensoría y el Poder Judicial”.

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