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Diputados establece que a partir de 0.4 mg de alcoholemia positiva se notifique a Fiscalía

ASUNCIÓN. La Cámara de Diputados sancionó hoy que los conductores de vehículos automotores detectados con 0,4 mg de alcohol por litro de aire exhalado, o desde 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre, sean derivados a la Fiscalía para la persecución penal correspondiente y la aplicación de la pena conforme a lo establecido en el Código Penal.

Se trata de una aprobación parcial de cambios sugeridos por la Cámara de Senadores con respecto al proyecto de ley “Que modifica los artículos 113 y 153 de la Ley N° 5016/2014, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, que “enmienda la falencia de no haberse establecido, desde un principio, límites de alcohol en sangre para establecer las faltas gravísimas”.

Además, el diputado Rodrigo Blanco (PLRA-Central), pidió rechazar la inclusión del artículo que elimina las barreras de control y pruebas de alcohotest, salvo que se aplique a hechos de probada flagrancia, que fue aprobada en la versión de Senadores.

Textualmente, la modificación aprobada para el alcotest señala que “considera la conducción en estado de intoxicación alcohólica, desde 0.251 mg/l a 0.399 mg/l CAAL (miligramo de alcohol por litro de aire exhalado) o desde 0.501 g/l a 0.799 g/l de CAS (gramo de alcohol por litro de sangre)”.

“Superado el límite mencionado, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para la persecución penal y aplicación de la pena conforme a lo establecido en el Código Penal”, refirieron desde la Cámara de Diputados.

Varios congresistas se manifestaron a favor del proyecto, entre ellos, la diputada Cristina Villalba (ANR-Canindeyú), quien también dijo estar de acuerdo con que la tolerancia sea de cero.

A su turno, la diputada Celeste Amarilla (PLRA-Capital),  remarcó que “no podemos permitir que alcoholizados maten a otras personas que transitan libremente por el país”.

Tras la aprobación parcial del documento, se dispuso que la iniciativa sea devuelta a la Cámara de Senadores para su cuarto y último trámite constitucional.

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