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Diputados requieren a Policía informes sobre política y mecanismos de prevención del delito

ASUNCIÓN. Los diputados Carlos Rejala (Partido Hagamos – Central) y Tito Ibarrola (Partido Hagamos – Central) lograron la aprobación de un proyecto en la Cámara Baja solicitando al Ministerio Público y a la Policía Nacional “datos estadísticos existentes sobre hechos punibles”, además de requerir un informe acerca de política y mecanismo para prevención de la comisión de hechos punibles.

En ese sentido, especificaron que el requerimiento es específicamente sobre prevención de hechos punibles contra la vida, la seguridad física y los bienes de las personas, como casos de homicidios, asaltos callejeros, violencia familiar, robos y hurtos agravados y delitos contra la propiedad.

Últimamente, ante la ola de violencia que recrudeció en algunos puntos de mayor densidad poblacional del país, desde altas esferas de la Policía Nacional comentaron que se trataba solo de una “sensación de inseguridad”, alimentada por la reproducción de noticias en redes sociales y medios de prensa.

Sin embargo, el recrudecimiento llegó a tal punto que el ministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, y el comandante de la fuerza pública, comisario Luis Arias, expresaron que se tomaban 60 días para mostrar resultados concretos o renunciarían.

Ahora, Rejala e Ibarrola presionan para que la Fiscalía y la Policía divulguen con precisión los datos estadísticos de la “sensación de inseguridad” en cualquier hecho relacionado a las figuras punibles mencionadas y que hayan sido denunciadas, investigadas y concluidas, así como los casos registrados entre el 2019 y el presente.

Los legisladores esperan recibir información respecto a si se cuenta con datos estadísticos sobre la cantidad de personas procesadas y condenadas por hechos punibles contra la seguridad de la vida, la seguridad física de las personas y contra los bienes.

“Remitir datos estadísticos sobre los hechos punibles mencionados, que se registraron durante el periodo comprendido entre los años 2019, 2020 y 2021, hasta la fecha de recepción de la presente resolución”, dice el documento aprobado.

El plazo para la remisión de informes es de 15 días, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 5.453/15, “Que reglamenta el artículo 192 de la Constitución Nacional – Del pedido de informes”.

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