Sin lograr consenso sobre temas fundamentales como qué entidad deberá juzgar a los legisladores, o qué mayoría se requerirá, la comisión especial terminó ayer a las apuradas su trabajo y el proyecto que reglamenta la pérdida de investidura se tratará hoy en la sesión de Diputados.
ASUNCIÓN.- La comisión se instaló hace 2 semanas y, con la intención de cumplir con el plazo dado por el plenario, ayer a las apuradas presentó un proyecto de ley, luego de haber consultado con 3 juristas, quienes, ni siquiera entre ellos pudieron ponerse de acuerdo.
Los juristas consultados fueron Jorge Bogarín, Luis Lezcano Claude y María Victoria Rivas. Entre los 2 primeros hubo casi unanimidad en cuanto a los temas que se les consultó, mientras que la doctora Rivas dijo que el reclamo permanente de la ciudadanía, que quiere que los legisladores dejen de protegerse tras sus bancas, merecía una respuesta rápida y sumaria, por eso ella proponía que la reglamentación se hiciera a través del reglamento interno y que quien juzgue a los legisladores fuera su propia Cámara.
Bogarín y Lezcano propusieron que se haga a través de una ley, porque la misma Constitución da esa facultad al Congreso; además, plantean que sea el Tribunal Superior de Justicia Electoral quien juzgue a los legisladores, porque también es una atribución prevista en la CN.
En el caso de la mayoría necesaria, si se aprueba que sea el TSJE no habrá problema ya que son solo 3 integrantes. Si deciden que sea la cámara respectiva, Bogarín explicó que solamente podrá ser por mayoría simple porque de lo contrario se estaría violando lo dispuesto por la Constitución, que establece que las mayorías calificadas estarán claramente especificadas.
Lo más probable es que el pleno se encuentre hoy con 2 dictámenes diferentes, fruto de la falta de acuerdo entre los integrantes de la comisión. El punto más álgido será el de la entidad que deberá juzgar a los legisladores, ya que hasta el planteamiento de los juristas y del liberal Rodrigo Blanco, en el plenario, todo el mundo daba por hecho que debía hacerlo la Cámara respectiva, tal como ocurrió con Óscar González Daher, en el Senado, en el período pasado.
A PORTILLO NO AFECTARÁ NUEVA LEY
El argumento esgrimido por algunas bancadas de Diputados, de postergar el pedido de pérdida de investidura en contra del liberal Carlos Portillo hasta tanto no exista una ley reglamentaria, carece de todo sustento legal, puesto que ninguna ley tiene carácter retroactivo, según explicó el jurista Jorge Bogarín, quien, además, había agregado que en este caso, lo único que falta es voluntad política.
Todo este súbito interés por la reglamentación del artículo 201 de la Constitución, luego de haber derogado una ley que ya lo reglamentaba, se debe al caso Portillo. Ni bien, un grupo de diputados presentó el pedido de pérdida de investidura en su contra, las bancadas se movilizaron y sacaron de la galera la necesidad perentoria de una ley antes de juzgarlo.
Jamás se les ocurrió pensar que el caso del liberal, imputado por tráfico de influencias, era anterior a cualquier futura ley, por lo que, cuando, por fin, decidan juzgarlo, tendrán que hacerlo basándose exclusivamente en lo que dispone el artículo de la Constitución, que no habla de mayorías calificadas, sentencias previas ni que lo deba juzgar otro organismo que no fuera su propia Cámara.