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Domésticas buscan igualdad salarial

ASUNCIÓN.- El artículo 10 de la Ley Nº 5.407/2015 establece que “el salario mínimo legal para el trabajo doméstico no será inferior al 60% del salario mínimo legal”. Es decir, que la obligación del empleador es pagar un salario de Gs 1.094.433, lo cual implica una discriminación, ya que el monto es mucho menor que el salario mínimo legal para el régimen general, según gremialistas del sector que aglutina a las trabajadoras domesticas.

En tal sentido,  miembros de asociaciones y sindicatos de trabajadoras domésticas realizaron un debate con el objetivo de capacitarse para rebatir este enunciado e impulsar de esta manera la modificación del artículo 10 de la nueva “Ley del Trabajo Doméstico” que permite a los empleadores pagarles menos del salario mínimo legal vigente, que consideran una discriminación, según expresaron.

Unas 30 trabajadoras domésticas, integrantes de la Asociación de Empleadas del Servicio Doméstico del Paraguay (ADESP), el Sindicato de Trabajadoras Domésticas del Paraguay (SINTRADOP), y el Sindicato de Trabajadoras Domésticas y Afines de Itapúa (SINTRADI) se reunieron en un taller con el objetivo de fortalecer su capacidad argumentativa en torno a la legislación y la reglamentación vigentes para lograr la igualdad salarial.

La propuesta de modificación ya fue planteada formalmente con el apoyo de senadores y senadoras de diversos partidos, cuando el 30 de marzo pasado presentaron el Proyecto de Ley “Que modifica el artículo 10 de la Ley No. 5407/15 Del Trabajo Doméstico”.

En la reunión de las trabajadoras de esta última semana, las representantes de las tres organizaciones realizaron un debate sobre las demandas a las instituciones estatales para la implementación de la ley y la reglamentación y planificaron acciones en torno a lograr el objetivo de la igualdad salarial.

Acordaron igualmente que insistirán en una Mesa de trabajo con el Instituto de Previsión Social (IPS) para que la reglamentación incluya a todas las trabajadoras, ya que actualmente tiene un concepto de “habitualidad”, que podría excluir a las que trabajan por horas.

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