ASUNCIÓN. La Cámara de Diputados se ratificó en su sanción inicial -por la aprobación- respecto al proyecto de ley “Que declara emergencia nacional como consecuencia de los incendios forestales y los daños a los ecosistemas y la biodiversidad”, que en segunda instancia había sido rechazado por la Cámara de Senadores.
El diputado Hugo Meza criticó a algunos senadores que tras rechazar el proyecto, en el mes de junio pasado, nuevamente se apresta a confeccionar un proyecto similar.
“Este proyecto, en la Cámara de Diputados, lo hemos aprobado por unanimidad previendo lo que podría ocurrir, porque veíamos la posibilidad que los incendios forestales podrían tener continuidad; lamentablemente, la Cámara de Senadores rechazó el proyecto”, manifestó.
Señaló que es de suma importancia la declaración de emergencia nacional a los efectos de dotar al Gobierno Nacional, a través de las instituciones, todas las herramientas y recursos financieros y humanos, a fin de tratar de mitigar el gran impacto que ocasiona a los seres humanos, animales, vegetales y, en general, al ecosistema, los grandes incendios a nivel país.
La propuesta establece emergencia nacional, por un período de 60 días, como consecuencia de los incendios forestales y los impactos que provocan a las áreas boscosas, la biodiversidad, los ecosistemas, las áreas silvestres protegidas públicas y privadas y las comunidades indígenas.
También encomienda a los ministerios dependientes del Poder Ejecutivo, a la Secretaría de Emergencia Nacional, a las Fuerzas Armadas de la Nación, a los gobiernos departamentales y municipales, y a la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN)”, a adoptar todas las medidas a fin de canalizar los recursos necesarios para atender los diversos casos de incendios forestales.
Dispone, por otra parte, que las instituciones competentes investiguen a profundidad el origen de los incendios forestales y de comprobarse un hecho punible, proceder conforme lo establece la Ley Nº 4014/2010 “De prevención y control de incendios”, y de constatar que los incendios son provocados remitirse a lo dispuesto en el Artículo 4º inciso a) de la Ley Nº 716/1996 “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”.