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Fiscala electoral recordó sanciones

ASUNCIÓN.- A través de la fiscala electoral Miriam González, el Tribunal Superior de Justicia Electoral recordó la veda electoral que rige desde hoy y hasta 1 hora después del cierre de las mesas de votación el domingo.

Al respecto, González recordó el artículo 290 de la Ley 834/96, que establece como propaganda electoral “en espacios públicos; toda exposición de pasacalles, pintatas y afiches que contengan propuestas de candidatos o programas para cargos electivos. En el caso de medios masivos de comunicación social se refiere a propagandas radiales, televisivas y en periódicos; sean diarios, revistas o semanarios que induzcan a votar por determinados candidatos o propuestas”.

El artículo 293 dispone que “está prohibida la realización de actos de proselitismo, la portación de banderas, divisas u otras acciones de esa naturaleza, una vez expirado el plazo para la realización de la propaganda electoral”. Esto incluye el mismo día de las elecciones, en donde no se permite que nadie vaya con ropa, insignia o algo que lo identifique con una de las candidaturas en pugna.

“El artículo 314 dice que los delitos electorales no son excarcelables, y el 324 dispone que “Serán castigados con la pena de un mes a seis meses de penitenciaría, más una multa equivalente a cien jornales mínimos: a. quienes realizaren actos de propaganda electoral una vez finalizado el plazo establecido para el efecto (….)”.

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