ASUNCIÓN.- Este lunes, el Ministerio de Hacienda informó que hasta el 30 de noviembre de 2018 se suspenden la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias previstas en la Ley N° 5895/2017 “Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones y se establecen disposiciones en materia societaria”, reglamentada por el Decreto N° 9043/2018 de fecha 12 de junio de 2018, que deben ser aplicadas a través de la Abogacía del Tesoro.
La decisión es teniendo en cuenta la gran cantidad de usuarios y masivas solicitudes de trámites que impone la ejecución administrativa de las citadas disposiciones legales, y en pos del adecuado servicio al usuario del Departamento de Registro y Fiscalización de Sociedades, resulta razonable establecer un plazo de prórroga para la aplicación de las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley N° 5895/18, reglamentada por el Decreto N° 9043/18.
Hacienda aclara que los trámites y plazos contemplados en el Decreto N° 9043/2018 se mantienen inalterables y no sufren modificaciones, a fin de que los usuarios vayan presentando las documentaciones pertinentes en tiempo y forma. El incumplimiento de los plazos no generará multas hasta el próximo 30 de noviembre del corriente año.
A partir del 1 de diciembre, las multas serán aplicadas siempre que se den los incumplimientos señalados en la norma.