Desde la Justicia Electoral informaron a la Policía sobre las prohibiciones en las elecciones. Foto: Andrés Zárate - ADN Paraguaayo.
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Informan a la Policía del Este sobre prohibiciones durante las elecciones

CIUDAD DEL ESTE.- Entre las restricciones que establece la Ley 834/96 del Código Electoral, estarán prohibidas la venta de bebidas alcohólicas y la celebración de espectáculos en la capital departamental, de acuerdo con la nota remitida por el juez electoral de Alto Paraná, Abg. N.P Víctor Gustavo Candía Gómez, al Director de la Jefatura de Policía del Departamento de Alto Paraná, Comisario General Inspector Julio César Díaz, en la que se destalla las prohibiciones establecidas para el 5 de mayo, fecha en que se desarrollarán las Elecciones de Intendente de Ciudad del Este.

El objetivo es trabajar en forma conjunta con la Policía Nacional para mantener el orden y la seguridad de las personas y los locales de votación el  día de los comicios.

Las prohibiciones indicadas en el documento están establecidas en el Art. 195 de la Ley 834/96 Código Electoral, modificado por la Ley 4.260/2011 y contemplan varios puntos que deben ser de conocimiento de la ciudadanía en general.

En tal sentido, está prohibida la aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos, que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores, a menos que se trate de electores formando fila delante de las mesas para sufragar.

Se prohíbe la portación de armas, aun mediando autorización acordada anteriormente por autoridades administrativas, en el mismo radio señalado anteriormente.

También, celebraciones de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios, el expendio de bebidas alcohólicas, la instalación de mesas de consulta por parte de las agrupaciones políticas en el radio mencionado.

Igualmente, el ingreso al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras o cualquier otro aparato capaz de captar o trasmitir imágenes que hagan posible vulnerar el secreto del voto.

El horario establecido para dichos comicios es de 07:00 a 16:00hs.

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