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IPS pide calma ante versión de peligro que corre fondos jubilatorios por fallo de Corte

ASUNCIÓN.- Sobre información sobre el peligro que corren los fondos jubilatorios del IPS por la acción de inconstitucionalidad planteada ante la Corte Suprema de Justicia por quienes se desempeñaban como navegantes en el año 2013, la previsional emitió un comunicado que informa a asegurados y jubilados:

“En el año 2016 la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, dictó el Acuerdo y Sentencia Nº 1917 de fecha 22 de diciembre de 2016, por el cual hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad y declaró inaplicables artículos 3° y 4° de la Ley 98/92 en relación a los accionantes. En dicho proceso no se dio intervención al IPS”, subraya una parte del comunicado.

“Esta institución al no haber sido parte del juicio y resultando afectada por el mismo, en fecha 09 de julio del 2020 ha promovido una Acción Autónoma de Nulidad contra el referido proceso y las resoluciones dictadas en el marco del mismo, a fin de revocar los fallos que vulneran los derechos de la mayoría de los asegurados y jubilados”, agrega.

Sostiene también que los fallos de la Corte Suprema de Justicia en materia de inconstitucionalidad son meramente declarativos e inter partes, es decir, que la mencionada sentencia no obliga al pago diferenciado a los navegantes.

“Por lo que no tiene efecto alguno ni peligra los fondos del Instituto de Previsión Social. Por tanto, no existe motivo alguno de preocupación e instamos a no guiarse por informaciones carentes de verdad y reafirmamos nuestro compromiso de trabajo diario por el bienestar de asegurados y jubilados”, concluye el comunicado de la previsional.

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