Antero Prieto, abogado.
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La no presentación del proyecto de presupuesto a la Junta es un incumplimiento de funciones

El abogado y docente universitario, Antero Prieto, dijo que la no presentación del proyecto de presupuesto a la Junta Municipal, por parte de cualquier intendencia, significa una irregularidad. Aseguró que el artículo 181 de la Ley Orgánica Municipal, prevé una salida, en el hipotético caso de que el Ejecutivo no pueda presentar el documento, pero no exime a los intendentes de dicha responsabilidad, por lo que se trata de un incumplimiento de funciones. Apuntó que dicha acción ocasiona un daño a la ciudadanía.

CIUDAD DEL ESTE.- El secretario de asuntos gremiales del Colegido de Abogados del Alto Paraná, dijo que al no presentarse el proyecto de presupuesto al legislativo del municipio, el Ejecutivo incumple con su función.

“Lo que la Ley señala, en el artículo 181 de la Ley Orgánica Municipal, es una salida ante la no presentación, pero eso no le exime al intendente de la obligación y responsabilidad. No puede no presentar solo porque se le antoje. La ley prevé una solución en el hipotético caso que no se presente”, apuntó.

Insistió que “la obligación es presentar, pero solo si existen cuestiones de fuerza mayor que impida presentar, entonces obviamente hay que explicar  qué ocurrió. Ahora, si la no presentación es una simple exteriorización de ‘porque no me gusta, o porque no se puede conversar con la Junta’, me parece que no es una justificación para no cumplir con su tarea”.

Aseguró que es irregular la actuación de la Intendencia si obra de esta manera.

Acotó, además, que el ejecutivo y legislativo conforman dos órganos que son parte del gobierno. “El gobierno municipal no es solamente el intendente, son gobierno en conjunto el jefe comunal y la Junta, son corresponsables del gobierno”, expresó. Siguió diciendo que “una de las obligaciones del Ejecutivo es preparar el presupuesto, y el legislativo debe dar su aval, así se cumple lo que dice la ley.  La Junta debe participar de la aprobación del presupuesto, es su derecho y deber”.

Recalcó que el incumplimiento en su función por parte de la Intendencia,  amerita una acción judicial en lo penal, pero no supo especificar cuál.  Agregó que dicha decisión tiene una consecuencia, dado que con esto se deja al azar muchas obligaciones que debe cumplir la Municipalidad y ocasiona un daño en la ciudadanía que esperaba el cumplimiento de los compromisos de ese año.

OCURRE EN CDE

La intendente de CDE, Sandra McLeod de Zacarías anunció que no presentará a la Junta Municipal el proyecto de presupuesto 2018, y que quedará vigente el 2017, de unos G. 288.200 millones. Alegó que es a causa “del caos administrativo reinante en la Junta”, y porque “resulta imposible el diálogo”. La Intendencia y la Junta están enfrentadas desde que asumieron, en diciembre del 2015.

LO QUE DICE LA LEY

Artículo 181.- Proyecto de Ordenanza de Presupuesto. El Intendente Municipal elevará el proyecto de Ordenanza de Presupuesto a la Junta Municipal para su consideración, a más tardar el 30 de setiembre de cada año. Si la fecha fuese inhábil, podrá elevarse el día siguiente hábil. Si por cualquier motivo no se hubiere presentado el proyecto de Ordenanza de Presupuesto en plazo, seguirá vigente el del ejercicio fiscal en curso.

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