El abogado Ricardo Preda afirmó en la 1020 AM que si una persona fallece en un accidente de tránsito causado por un conductor ebrio, eso cambia la carátula del expediente y convierte un homicidio culposo en doloso y aumenta la pena de cárcel.
“La diferencia entre una conducta culposa o con dolo eventual es un tema que se viene discutiendo hace 60 años. Un homicidio culposo tiene una expectativa de pena de entre 5 años y puede ser conciliado por las partes, pero al tener en cuenta el consumo de bebidas alcohólicas, la pena puede escalar hasta los 8 años”, señaló.
Aclaró también que esos años de cárcel pueden aumentar sustancialmente ya que si el conductor, a pesar de estar ebrio decidió continuar manejando sin tener en cuenta el peligro se podría llegar a una pena de hasta 30 años de cárcel.
Preda manifestó que “para hablar de dolo eventual debemos conocer los detalles; si yo veo que hay un tránsito fluido y tomo una velocidad incontrolable, o cruzo un semáforo en rojo a 110km/h”.