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Miembro del JEM calificó de “soeces” a argumentos de Tribunal que liberó a abusador

ASUNCIÓN. Adrián Salas, miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), calificó de soeces a los argumentos esgrimidos por los integrantes del Tribunal de Sentencia de Paraguarí, que liberó a un hombre que abusó de su hijastra. Dijo que aún no puede determinar si la pena aplicada es la que corresponde al hecho punible, pero sí que, por tratarse de un hecho delicado, los magistrados debieron evitar las justificaciones vulgares.  

El órgano abrió una investigación de oficio sobre el caso que involucra a los jueces Hugo Ríos, Gerardo Ruiz Díaz y Jorge Giménez Samaniego.

“Es una cuestión sensible. Hay que analizar qué hizo la Fiscalía. Tenemos marcos penales diferenciados… hay que ver por qué se dio esa pena. Pero independientemente, lo que dijeron, la forma como argumentaron la sentencia, es lo que condena lo que pasó”, expresó Salas en contacto con la 730 AM.

Añadió: “Se estaba juzgando una causa donde estaba involucrada una menor víctima… Las expresiones hasta soeces para explicar en guaraní una sentencia, para que se haga entender, tiene que tener ciertas limitaciones”.

En el juicio se demostró que abusó sistemáticamente de la menor desde los 7 años de edad. Pero los jueces lo beneficiaron con la suspensión de la ejecución de la condena por dos años, por tanto no irá a prisión. Respecto a la sentencia, Salas dijo que “está en la sana critica que tienen los magistrados establecer una condena determinada en base a atenuantes y agravantes”. Pero evitó ahondar en el tema, teniendo en cuenta que aún no analizaron el expediente. Sin embargo, insistió “que ya subyace una situación incómoda de una cuestión muy sensible, que indudablemente genera estos cuestionamientos”.

Entre sus argumentos, el Tribunal argumentó que otorgaba una oportunidad al abusador para que recapacite. En ese sentido, el miembro del JEM sostuvo que estamos ante una situación preocupante, delicada y hasta peligrosa. “Algunos violentos en cuestiones de violencia familiar, se le da una oportunidad y se va y le mata a la víctima. Se condena por una violencia verbal (y el reo) se va y se funde en la penitenciaria. Por la falta de instituciones especializadas para valorar a cada persona, incurrimos en arbitrariedades. Les dejamos afuera a peligrosos criminales y le metemos a la cárcel a personas sanas”.

Finalmente, dijo a la citada emisora que lo ideal para juzgar el caso es tener a la vista todos los expedientes y que sean escuchados los investigados, para que puedan explicar el contexto.

LOS ARGUMENTOS

En su argumento, el juez Giménez Samaniego dijo: “Felizmente no se probó que vos le metiste tu pilín en su vagina, pero para nosotros, de forma unánime, sí se probó una cosa: que hubo abuso sexual porque está probado que vos le besaste, le frotaste, eyaculaste por ella, que le metías tu pilín en su boca. Para nosotros eso quedó probado”.

“Ya no te vas a ir adentro, sería bueno que recapacites. Vas a cumplir con una serie de reglas de conducta y te adelanto que una de ellas es la prohibición absoluta de acercarse a la víctima”, dijo.

“Sos un tipo preparado, hablás bien, tenés tu profesión, mitã’i porã”, destacó además el integrante del Tribunal.

Otro magistrado llegó al colmo de decir que antiguamente “era normal” que los adultos manoseen a las niñas en sus partes íntimas y que las abuelas podían confirmar eso.

 

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