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Multas no corre por manejar descalzo o con zapatilla, pero tereré debe cebar otro

ASUNCIÓN.- La Patrulla Caminera aclara que la ley no contempla la prohibición de multar a un conductor que circule en rutas nacionales estando descalzo o con zapatillas. Reiteran que sí se puede consumir tereré mientras se conduce pero el acompañante debe ser el encargado de cebarlo.

El director de la Patrulla Caminera, Luis Christ Jacobs, manifestó en entrevista con ABC Cardinal que la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial no contempla en ningún apartado que el conductor vaya con calzado puesto o no.

Aseguró que hoy día no se puede multar a una persona que se esté manejando descalza o con zapatillas, tanto en automóviles como en motocicletas, pero se le podría hacer la advertencia sobre la peligrosidad de lo que ello implica.

Sin embargo, mencionó que, a pesar de no estar estipulado en la ley, hay municipios que sí incorporan dentro de alguna ordenanza municipal a la hora de hacer los controles con agentes de la Policía Municipal de Tránsito.

Jacobs explicó la importancia de tener siempre los calzados a la hroa de conducir ya que al utilizar mucho la punta del pie normalmente se quiere producir calambres y es en esos casos en los que la suela del calzado actúa como plataforma para impedir esa situación.

TERERÉ

Respecto al consumo del tereré, el director de la Caminera afirmó que no hay ningún problema en consumirlo dentro del vehículo siempre y cuando otra persona esté como acompañante que se encargue de cebar mientras el conductor maneja.

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