ASUNCIÓN.- La Secretaría del Medio Ambiente recordó que la Ley 3956/09 que regula la “Gestión Integral de los Residuos Sólidos en la República del Paraguay”, en su artículo 33 “prohíbe la quema o incineración y la disposición de residuos sólidos a cielo abierto en cursos de agua, lagos o lagunas o en lugares de disposición final que no sean rellenos sanitarios y a la vez determina que es competencia de los municipios, tomar medidas en los casos de quema de basura a cielo abierto.
Además, dispone que los municipios “deben regular la gestión integral de los residuos sólidos” mediante la respectiva normativa municipal y “siendo responsabilidad de la Comuna la disposición final de los residuos sólidos generados en su jurisdicción”.