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Niegan a Giuzzio volver al Partido Colorado

ASUNCIÓN.- El Tribunal Electoral de la Capital Segunda Sala, integrado por los jueces Santiago González Bibolini, Myriam Cristaldo y Teresita Martínez, resolvió rechazar la reincorporación del exministro del Interior, Arnaldo Giuzzio,  a las filas del Partido Colorado.

El mismo, fue expulsado en diciembre de 2016. Los magistrados electorales resolvieron “no hacer lugar a las excepciones del defecto legal y falta de acción opuesta por la parte demandada”.

El acuerdo y sentencia N°102/22 tiene fecha del 21 de setiembre de 2022 y alude al juicio caratulado: “Arnaldo Euclides Giuzzio Benítez c/ el Tribunal de Conducta de la Asociación Nacional Republicana-Partido Colorado s/ nulidad de resoluciones”.

“No hacer lugar a la demanda incoada por el señor Arnaldo Euclides Giuzzio Benítez contra las resoluciones T.C. N° 1 y 2 del 30 de mayo y 19 de julio de 2019, respectivamente, y contra la Resolución T.C. N° 12 del 19 de diciembre de 2016 dictadas por el Tribunal de Conducta de la Asociación Nacional Republicana (ANR)-Partido Colorado, todo conforme a lo expuesto en el considerando de la presente resolución”, refiere la parte resolutiva, imponiendo costas en el orden encausado.

En el considerando se menciona que el pasado 23 de mayo –bajo patrocinio de abogado- el mismo Giuzzio acudió a presentar la demanda de nulidad de las citadas resoluciones dictadas por el Tribunal de Conducta (TC) de la ANR , por la que se aplicaba la máxima sanción prevista en los estatutos partidarios, ordenando la exclusión del padrón del Partido Colorado.

Agrega, como corresponde se dio trámite a la presentación y se ordenó correr traslado a la Fiscalía y además se solicitó al Tribunal de Conducta remitir las resoluciones atacadas de nulidad por el recurrente.

Luego del estudio y consideración de los antecedentes del caso en cuestión, tenemos la clara convicción de que el señor Arnaldo Euclides Giuzzio Benítez fue expulsado por la Asociación Nacional Republicana por haber transgredido lo dispuesto en el artículo 71 inc. c) del Estatuto Partidario”, arguye el Tribunal en su fallo. Añade, que “existe la plena certeza -público conocimiento- de que Giuzzio fue candidato electo y proclamado como senador por el Partido Democrático Progresista”.

Luego de las argumentaciones pertinentes con el voto de las magistradas Myriam Cristaldo y Teresita Martínez quedó firme la sentencia, aunque puede ser apelada por el accionante ante Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

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