María Gricelda Caballero, jueza.
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Nueva jueza del caso Messer declaró rebeldía de procesados

La magistrada María Gricelda Caballero declaró la rebeldía de Darío Messer, su hijo Dans Wolf  y Juan Pablo Jiménez Viveros, en el proceso por lavado de dinero y asociación criminal. La misma interina en el caso tras la recusación contra el juez Humberto Otazú, que presentó el abogado Álvaro Rojas, representante legal de uno de los imputados, quienes no se presentaron ayer para la audiencia. La Cámara de Apelaciones debe resolver el planteamiento. La mencionada jueza fue enjuiciada por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por mal desempeño en sus funciones.

ASUNCIÓN.- Luego de la recusación presentada por el abogado de Jiménez Viveros, la jueza María Gricelda Caballero salió sorteada para interinar la causa en la que están procesados el brasileño Darío Messer, su hijo Dans Wolf y Juan Pablo Jiménez Viveros.  En horas de la tarde, la misma declaró la rebeldía de todos ellos, ante un planteamiento del fiscal René Fernández.

El abogado Álvaro Rojas Vía, representante legal de Juan Pablo Jiménez, recusó al juez Otazú, alegando que el magistrado no respetó los plazos para remitir la notificación de la audiencia de imposición de medidas convocada para ayer. Messer y su hijo debían igualmente comparecer y no lo hicieron. Tampoco aparecieron  sus abogados.

Ahora, el Tribunal de Apelación -primera sala- deberá resolver si confirma o aparta a Otazú del expediente. En tanto la cámara resuelva dicha recusación, la jueza Caballero interinará la causa.  El JEM en su sesión ordinaria del pasado 8 de mayo, por unanimidad, resolvió iniciar de oficio el enjuiciamiento de la citada jueza, por mal desempeño de funciones.

La justicia brasileña solicitó a la paraguaya que ordene la detención con fines de extradición de Darío Messer, quien cuenta con un proceso por lavado de dinero y otros delitos en el Brasil, dentro de la causa conocido como Lava Jato.

La jueza Caballero, quien se encontraba de turno, recibió el oficio, pero la misma alegando que no había solicitud de urgencia y que no estaba dirigida a ella no se expidió inmediatamente en el caso. Debido a esto fue enjuiciada por el JEM y ahora la misma podría inhibirse del proceso.

Álvaro Rojas, quien representa a Jiménez Viveros, justificó la recusación del juez Humberto Otazú, alegando el artículo 163 del Código Procesal Penal y negó que se encuentre prófugo de la justicia.

Añadió que su cliente no se presentó puesto que no existen garantías de que se cumplirá el debido proceso. “No se dio la situación para que se presente”, señaló.

Rojas aclaró que Jiménez Viveros se encuentra en su domicilio esperando que vuelva  a ser notificado para presentarse a la audiencia convocada por quien deberá entender en la causa.

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