ASUNCIÓN. La Ley “Que crea un Fondo Nacional para la Cobertura de Gastos durante la Hospitalización en UTIs de Personas con Covid19 en los Sectores Públicos, Privados y Previsionales y la Adquisición de Medicamentos Esenciales”, promulgada por el Ejecutivo el 15 de abril, entró en vigencia al día siguiente, según el abogado del Ministerio de Salud Pública, Omar Valdez, quien, sin embargo, dijo que aún no se la puede aplicar porque falta la reglamentación.
En Tempranísimo, por la 970 y GEN, Valdez recordó que la ley no tiene efecto retroactivo por lo que todas las situaciones anteriores al 16 de abril se definirán en estrados judiciales ya que los pacientes recurren a la figura del amparo.
“Las personas que abonaron ya parte de la internación o ya salieron de Terapia Intensiva, no podrían invocar la vigencia de esta ley porque no tiene efecto retroactivo, tendrían que ver otras vías ordinarias si consideran pertinente para reclamar al ministerio. La reglamentación va a determinar los trámites administrativos a seguir, precios de medicamentos, insumos, estudios, diagnósticos y el procedimiento administrativo a seguir”, afirmó.
El abogado confirmó que el proyecto de reglamentación ya fue remitido al Ejecutivo y ahora depende de la firma del decreto correspondiente para empezar su aplicación. “La ley prevé que toda persona que entre en una Unidad de Terapia Intensiva debe ser beneficiada de esta ley, es de carácter universal. El único requisito es que requiera la internación en terapia intensiva, a partir de ahí haría un proceso administrativo. No haría falta judicializar; la ley ampara a la persona con covid que requiere terapia intensiva de acuerdo al diagnóstico médico”.
En cuanto al procedimiento a utilizarse, Valdez dijo que “de hecho el ministerio debe nombrar un auditor médico para controlar los medicamentos que se suministren a cada paciente. Toda la documentación debe reunirse para abonarse los costos que conllevan este tratamiento”.
“Tengo entendido que en la Dirección de Terapia Intensiva han presentado los parientes de pacientes una nota solicitando la cobertura en virtud de esta ley pero como no está reglamentada no se sabe aún los procedimientos a seguir; cuando se publique se sabrá”, concluyó.
Conversamos con Osmar Valdez, director de Asuntos Jurídicos del @msaludpy, sobre los amparos judiciales ante la Justicia.
💻 https://t.co/fYMaekk5tL
📻@Universo970py pic.twitter.com/4D7o0wdQmX— GEN (@SomosGEN) 22 de abril de 2021